REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO. EXTENSIÓN ACARIGUA.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL
TRANSITO Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO PORTUGUESA
ACARIGUA
Acarigua, 21 de julio de 2008.-
AÑOS: 197° y 149°
Tramitada como ha sido la presente solicitud de ÚNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por los ciudadanos: DEISY COROMOTO LANDER MORENO, actuando en nombre propio y en representación de su madre y hermanos: DALIA DEL CARMEN MORENO DE LANDER, DAVID JOSÉ LANDER MORENO, TANIA DEL CARMEN LANDER MORENO, ALEXANDRA JOSEFINA LANDER MORENO Y MIGDALIAN CHIQUINQUIRA LANDER MORENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-5.949.177, V-2.611.515, V-8.655.898, V-10.137.929, V-10.143.128 Y V-12.263.564, respectivamente, todos de este domicilio, asistidos por la abogada en ejercicio DEISY COROMOTO LANDER MORENO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No 35.086. En donde solicitan al Tribunal se le declare Único Universal Heredero del causante: SIMON LANDER RODRIGUEZ, quién falleció el día TREINTA Y UNO DE ENERO DEL DOS MIL OCHO (31-01-2008). Y cumplido como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento, conforme al derecho, es decir se ordenó la publicación de un Cartel, para la comparecencia de alguna persona o personas interesadas en este procedimiento, constando en autos que cumplidos tal requisito no compareció persona alguna, por lo que se fijó oportunidad para la declaración de los testigos que presentó la parte interesada.
Copia del Acta de Defunción Nº 105, correspondiente al año 2008, expedida por el Registrador Civil del Municipio Araure del Estado Portuguesa del causante SIMON LANDER RODRIGUEZ; copia certificada del Acta de Matrimonio Nº 1, expedida por la Directora del Registro Civil del Municipio Valera del Estado Trujillo, de los ciudadanos SIMON MACABEO RODRIGUEZ Y DALIA DEL CARMEN MORENO; Copias certificadas de las partidas de Nacimiento Nº 478, 701, 155, 1016, 63 de los ciudadanos DEISY COROMOTO LANDER MORENO, DAVID JOSÉ LANDER MORENO, TANIA DEL CARMEN LANDER MORENO, ALEXANDRA JOSEFINA LANDER MORENO Y MIGDALIAN CHIQUINQUIRA LANDER MORENO. En su oportunidad comparecieron por ante este Despacho las ciudadanas: MARÍA GISELA TORREALBA DE ONTIVERO y MIREYA ROSA PINILLO DE MOYA, venezolanas, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad No V-4.201.722 y V-4.015.042, respectivamente, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose los hechos invocados en la solicitud, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, en virtud de lo dispuesto en los Artículo 822 y 824 del Código Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarles a los ciudadanos: DEISY COROMOTO LANDER MORENO, DALIA DEL CARMEN MORENO DE LANDER, DAVID JOSÉ LANDER MORENO, TANIA DEL CARMEN LANDER MORENO, ALEXANDRA JOSEFINA LANDER MORENO Y MIGDALIAN CHIQUINQUIRA LANDER MORENO, el derecho a suceder del causante: SIMON LANDER RODRIGUEZ, dejando siempre a salvo los derechos de terceros, todo conforme a lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.- Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas a la parte interesada y expídase por Secretaría las copias certificadas a que haya lugar.-
El Juez,
Abg. José Gregorio Marrero.
La secretaria Temp.
T.S.U. Ana Ysabel González Prieto.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, constante de (24) folio útil.- Conste.
JGM/srh.- Solicitud Nº 000600.-