REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE
UNDA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.

CHABASQUÉN: 29 DE JULIO DE 2008.
Años: 197° Y 149°
Exp. N°. 451/2008

Vista la presente CONCILIACIÓN, celebrada entre los ciudadanos: ELITA DEL CARMEN DORANTE PEREZ Y DARIO LEONARDO SIVIRA ANGULO, con motivo de Revisión de Obligación de Manutención, en beneficio de su hija: X donde ambas partes acordaron que el padre la misma, Ciudadano: DARIO LEONARDO SIVIRA ANGULO., cancelara como obligación de Manutención, la cantidad de Ochenta Bolívares Fuertes (Bs.80,oo), mensualmente y el doble de esta cantidad en los meses de Agosto y Diciembre, los cuales continuara depositando en la cuenta de ahorro ya aperturada a nombre de su hija.-.