REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
República Bolivariana De Venezuela
En Su Nombre:
Tribunal Duodécimo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Circuito Judicial Del Trabajo Del Área Metropolitana De Caracas.
ASUNTO: AP21-L-2008-01982
En el juicio incoado por la ciudadana Erica Beatriz Acosta Guedez en su carácter de parte actora, contra la sociedad mercantil denominada: “The Sun Channel Tourism Televisión C.A.”;este Juzgado observa lo siguiente:
Las partes presentaron escrito en fecha 07 de julio de 2008 (folios 29 al 32 inclusive), el Tribunal imparte su aprobación y homologa este medio de autocomposición procesal en los términos expuestos por las partes, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 1.713 del Código Civil. Así se resuelve.-
DECISIÓN
Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Duodécimo de Primera Instancia de del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°) HOMOLOGADA la transacción celebrada por la ciudadana Erica Acosta en su carácter de parte actora, con la sociedad mercantil denominada: “The Sun Channel Tourism Televisión C.A.”; parte demanda, ambas partes debidamente identificadas en los autos.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la sede del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en la misma ciudad, el nueve (09) de julio de dos mil ocho (2008). Año 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
La Juez,
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NEYIREE TOLEDO
La Secretaria,
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CLAUDIA YÁNEZ CORREA
En la misma fecha, siendo las tres horas dos minutos de la tarde (03:02 pm.), se consignó y publicó la anterior decisión.
La Secretaria,
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CLAUDIA YÁNEZ CORREA