REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas. Juez Unipersonal Nº 10.
Caracas, 31 de Julio de 2008.
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-011797

Vista la solicitud de JUSTIFICATIVO DE CARGA FAMILIAR, presentada por la ciudadana MIRIAM JULIET CALZADILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.092.359, actuando en nombre y representación de su hijo (se omite el nombre conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente), quien se encuentra asistido por la abogada MÓNICA C. HIDALGO HERNÁNDEZ, en su carácter de Defensora Pública Novena (9°) de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual solicita que el referido Niño, sea declarado carga familiar de su tía materna, ciudadana CRUZ DEL CARMEN MARCANO CALZADILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.813.087, revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, y vista las declaraciones de los testigos promovidos, ciudadanos DE MINGO SILVA FACUNDO JAVIER y PEÑA ALTUBE LASKMY ADRIANA, plenamente identificadas en autos, y visto igualmente la declaración de la ciudadana CRUZ DEL CARMEN MARCANO CALZADILLA; esta Juez Unipersonal N° 10 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros con igual o mejor derecho, y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara al niño (se omite el nombre conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente), como carga familiar de la ciudadana CRUZ DEL CARMEN MARCANO CALZADILLA, antes identificada. Expídanse por secretaría las copias certificadas que requieran la parte interesada con inserción de la presente decisión, y remítanse anexas a oficio al Coordinador de la Oficina de Atención al Público de este Circuito Judicial, para que sean entregados en su oportunidad correspondiente. Cúmplase lo ordenado una vez se aporten los fotostatos respectivos.
LA JUEZ,

ABG. MAIRIM RUIZ RAMOS.
LA SECRETARIA,

ABG. ADRIANA MIRELES.
AP51-S-2008-011797
Luis serrano.