REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Nº 12 del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, catorce de julio de dos mil ocho.
198º y 149º

ASUNTO: AH51-X-2008-000603.


Vista las actas procesales que conforman el presente asunto, y en especial a lo solicitado por el Dr. MARIO CASTRO PALACIO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 47.532, en el cuaderno de Cumplimiento de Obligación de Manutención signado con el No. AP51-V-2008-000603, quien actuó en su carácter de apoderado Judicial de la ciudadana ESTHER MARGARITA GARCIA GIL, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-6.401.900, quien es progenitora y representante legal de la adolescente XXX. Este Tribunal Unipersonal No. XII, de conformidad a lo establecido en los artículos 512 y 521 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda de conformidad a lo solicitado, en consecuencia Decreta MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE SALIDA DEL PAIS del ciudadano PABLO SEGUNDO CAÑAS BUITRAGO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-6.398.429, de conformidad a lo establecido en el artículo 512 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, por lo que se ordena librar oficio a la Dirección Nacional de Migración y Fronteras y al Director del Aeropuerto Internacional Simón Bolívar, Estado Vargas, a los fines de comunicarle lo conducente. Cúmplase.-

La Juez

Sara Guardia Soto.
La Secretaria

Adriana Mireles.