REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO QUINTO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Jueza Unipersonal N° 15
Caracas, tres (03) de Julio de Dos Mil Ocho (2008)
Años: 198º y 149º

ASUNTO: AP51-S-2008-006325

Vista la solicitud presentada por el ciudadano NERY JESUS VALERA MATUTE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-5.469.109, debidamente asistido por los Abogados CIELO CORTISSOZ y JUAN CARLOS PEREZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 50.869 y 83.124 respectivamente, así como la aceptación y juramentación hecha por el Curador Ad-Hoc designado, el ciudadano DANIEL LUCIRIO DURAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.225.963, en beneficio del adolescente (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA). Esta Jueza Unipersonal N° XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente, le discierne el cargo con todas las consecuencias legales inherentes al mismo y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la Ley. En consecuencia, expídase copia certificada de la solicitud con inserción del presente auto y entréguense al solicitante.
LA JUEZ


ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ
LA SECRETARIA

ABG. KARLA SALAS


YCH/KS/ych.
Motivo: (Discernimiento Curador)
ASUNTO: AP51-S-2008-006325