REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, once (11) de julio de 2008. Años: 198º y 149º
Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto, el Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus VICTOR MANUEL PORTILLO PACHECO de nacionalidad venezolano, mayor de edad, de estado civil casado, y titular de la cédula de identidad Nº V-2.111.130, quien falleciera ab-intestato, en fecha 11 de mayo de 2008, a favor de los ciudadanos: JOSEFINA DEL VALLE FARIAS DE PORTILLO, VICTOR MANUEL PORTILLO CARMONA, VICTOR SAMUEL PORTILLO FARIAS y INDIRA VICTORIA PORTILLO FARIAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V-4.169.783, V-17.123.562, V-17.064.396 y V-19.434.824, respectivamente. Cumplidas como han sido las presentes actuaciones devuélvanse los originales a su solicitante, previa su anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y una vez conste que se ha hecho la respectiva certificación de todo lo actuado. A los fines de dejarse copias en el archivo de este Juzgado.
EL JUEZ,

Dr. JUAN CARLOS VARELA RAMOS

LA SECRETARIA,

JANETHE VEZGA C.

Exp.: 13.099
Yajaira.