REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, nueve (09) de julio de 2008.
Año 198º y 149º
Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto, el Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones, TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del decujus: FULGENCIO ANTONIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 268.669, quien falleciera ab-intestato, en fecha veinte y siete (27) de febrero de mil novecientos noventa y ocho (1998), a favor de los ciudadanos GUSTAVO JESÚS RODRÍGUEZ PACHECO, CARLOS BENITO RODRÍGUEZ PACHECO, DORA AMALIA RODRÍGUEZ PACHECO, OMAIRA JOSEFINA RODRÍGUEZ PACHECO, DOMINGO ANTONIO RODRÍGUEZ PACHECO y LUIS ALFREDO RODRÍGUEZ PACHECO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad número Nº V- 3.410.936, V- 3.712.129, V- 4.353.709, V- 6.360.580, V- 4.973.308 y V- 6.048.562, respectivamente. Cumplidas como han sido las presentes actuaciones devuélvase los originales a su solicitante, previa su anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y una vez conste haberse hecho la respectiva certificación de todo lo actuado.
EL JUEZ,
JUAN CARLOS VARELA RAMOS
LA SECRETARIA
JANETHE VEZGA CARVAJAL
Exp Nº 13.136 /JCVR/Elia
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