REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.- Caracas, Catorce (14) de Julio de Dos Mil Ocho (2008).-
Años: 198º y 149º.-
Vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano: VICTOR GERARDO MONSALVE GODOY, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº: V-9.540.136, así como la justificación evacuada al efecto, de conformidad con lo previsto en el Artículo 138 del Código Civil, y encontrándose llenos los requisitos establecidos en la mencionada norma, este Tribunal AUTORIZA suficientemente al ciudadano: VICTOR GERARDO MONSALVE GODOY, anteriormente identificado, a abandonar el Hogar Conyugal, el cual mantenía con su cónyuge, ciudadana: MARTHA MOTTA DE MONSALVE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº: V-9.617.331, por lo que se ordena el cambio de domicilio a la siguiente dirección: Comando de la Tercera División de Infantería, Fuerte Tiuna, El Valle, Municipio Libertador, Distrito Capital asimismo expídase las copias certificadas solicitadas, previa certificación por secretaría con inserción del presente auto, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.- Cúmplase.-
LA JUEZ TEMPORAL,
DRA. RAHYZA PEÑA VILLAFRANCA.-
LA SECRETARIA TITULAR,
LEOXELYS VENTURINI.-
EXP. Nº: S-11960.-
RPV/LEV/Veronica.-