REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE
JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA
EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 14 julio de 2008.
198° y 149°
EXP. Nº 24.626-
Definitiva de Familia
SOLICITANTE:
• MANUEL ENRIQUE RENGIFO CASTRO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-6.056.216.
ABOGADA ASISTENTE:
• MARIA SIMONA RAMÍREZ, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 73.181.-
MOTIVO: INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.

I
Se inicia el juicio mediante escrito de solicitud de INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, presentado por el ciudadano MANUEL ENRIQUE RENGIFO CASTRO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-6.056.216, debidamente asistido por la profesional del derecho MARIA SIMONA RAMÍREZ, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 73.181, por ante el Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por medio del cual solicitó a este Juzgado la INSERCIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, toda vez que nació el 20 de febrero de 1.959, en la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital, siendo su madre: HILDA CASTRO y su padre FELIPE RENGIFO (Difunto).
Consignados como fueron los recaudos, por auto de fecha 15 de mayo de 2007, este Tribunal admitió dicha solicitud, ordenando el emplazamiento mediante cartel de todas aquellas personas de quienes puedan verse afectados sus derechos, dentro de los diez (10) días de Despacho siguientes a la publicación. Asimismo se ordenó Notificar a los ciudadanos JHONNY MONTILLA, EDWAR JOSE JIMENEZ y al Fiscal del Ministerio Público, y oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas.
En fecha 11 de julio de 2007, el ciudadano MANUEL RENGIFO, asistido por el abogado Francisco Gil, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 97.215, consignó cartel de emplazamiento publicado en el Diario “ULTIMAS NOTICIAS”, en fecha 02 de julio de 2008.
En fecha 17 de julio de 2.007, el ciudadano RAIMUNDO MENA, en su carácter de Alguacil Accidental de este Juzgado, consignó Boleta de Notificación dirigida a los ciudadanos JHONNY MONTILLA y EDWAR JOSE JIMENEZ, las cuales fueron firmadas en señal de recibido en fecha 11 de julio de 2007.-
En fecha 02 de abril de 2.008, el ciudadano RAIMUNDO MENA, en su carácter de Alguacil Accidental de este Juzgado, consignó Boleta de Notificación dirigida a Fiscal del Ministerio Público N° 95º, la cual fue firmada y sellada en señal de recibido en fecha 25 de julio de 2007, en fecha 19 de mayo de 2008 el ciudadano JAVIER ROJAS MORALES, en su carácter de Alguacil Titular de este Juzgado, consigno oficio dirigido al Director del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, el cual fue firmado y sellado en señal de recibido en fecha 23 de abril de 2008 y seguidamente en fecha 18 de junio de 2008, este Juzgado dio por recibido oficio proveniente del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, y ordenó agregarlo a los autos. En consecuencia este Tribunal, Sin nada que objetar procede a dictar la decisión correspondiente



II
LLEGADA LA OPORTUNIDAD PARA DECIDIR, ESTE TRIBUNAL LO HACE BAJO LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES:

El solicitante acompañó su escrito de constancia de no presentación emitida por el Registro Principal del Municipio Libertador del Distrito Capital, y constancia de no presentación emitida por la Jefatura Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital y Constancia expedida por la Dirección de Dactiloscopia y Archivo Central, Datos Filiatorios de la ONIDEX.
Asimismo observa este Juzgado que transcurrió el lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de la consignación del cartel de emplazamiento sin que hubiese comparecido persona alguna para hacer valer sus derechos e intereses en la precitada solicitud y por cuanto constan en autos los requisitos exigidos por la representación del Ministerio Público siendo la materia de Registro Civil está estrechamente ligada al orden público, toda vez que de su estabilidad depende de los derechos primordiales de la vida de las personas naturales. Es por lo que este Tribunal considera que la presente Inserción de Partida de Nacimiento es Procedente, conforme con el Artículo 772 del Código Procesal Civil. Y así se declara.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se DECLARA: CON LUGAR la solicitud efectuada por el ciudadano MANUEL ENRIQUE RENGIFO CASTRO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-6.056.216. En consecuencia se ordena la INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO del referido ciudadano, quien nació el 20 de febrero de 1.959, en la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital, siendo su madre HILDA CASTRO y su padre FELIPE RENGIFO (Difunto).
Remítase adjunto a oficio copias certificadas de la decisión a la Jefatura Civil de la Parroquia San Juan, del Municipio Libertador del Distrito Capital y a la Oficina Principal del Registro Publico, para que conforme a lo dispuesto en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 502 del Código Civil, se inserte en los libros correspondientes.
Publíquese y Regístrese.
Déjese Copia del presente fallo en el copiador de sentencia llevado por este Tribunal.-
Dada, Firmada y Sellada en el Salón de Despacho del JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, EN CARACAS A LOS (14 ) DÍAS DEL MES DE JULIO DEL DOS MIL OCHO (2.008). AÑOS 198° DE LA INDEPENDENCIA Y 149° DE LA FEDERACIÓN.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
EL SECRETARIO TITULAR,


DRA. ELIZABETH BRETO GONZALEZ.
ABG. JOSE OMAR GONZALEZ.-

En la misma fecha anterior, siendo la 10:20 a.m. se registró y publicó la anterior decisión.
EL SECRETARIO,

EXP: 24.626
EBG/JOG/Romy*