REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 16 de Julio de 2.008.
198° y 149°

Promovidas y evacuadas como han sido las declaraciones de testigos, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor de derecho, declara como UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES del cincuenta por ciento (50%) de los bienes que no se incluyen en el testamento abierto debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro Público del Municipio Sucre del Estado Miranda, en fecha cinco (5) de mayo de 2006, bajo el Nº 1, Protocolo Cuarto, del ciudadano RAMON FONT CARRERA FELIZOLA, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad No. CI. V-21.211, a sus dos sobrinos ciudadanos JOHN y ROBERTO PETRIZZELLI FONT, Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.434.986 y V-5.539.010 respectivamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase al interesado previa su certificación en autos dejando en su lugar copia certificada y anotación en el libro de salidas respectivos llevados por ante este Juzgado. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


EL SECRETARIO TITULAR,
DRA. ELIZABETH BRETO GONZÁLEZ.-

ABG. JOSÉ OMAR GONZÁLEZ.-

Exp.: S-7011
EBG/JOG/Ana*