REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 23 de Julio de 2.008.
198° y 149°

Promovidas y evacuadas como han sido las declaraciones de testigos, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor de derecho, declara como UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES del ciudadano NELSON EDUARDO BOLÍVAR UZCATEGUI, quien en vida fuera venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-2.097.682, a su concubina ciudadana LEONARDA PASCUALA PÉREZ, venezolana, titular de la cédula de identidad No. V-3.566.817, y a sus tres (03) hijos legítimos ciudadanos NELLY ELIZABETH BOLIVAR PÉREZ, TIBISAY ANTONIETA BOLIVAR PÉREZ y NELSON ALBERTO BOLÍVAR PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.196.938, V-9.418.330 y V-6.230.598 respectivamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase al interesado previa su certificación en autos dejando en su lugar copia certificada y anotación en el libro de salidas respectivos llevados por ante este Juzgado. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


EL SECRETARIO TITULAR,
DRA. ELIZABETH BRETO GONZÁLEZ.-

ABG. JOSÉ OMAR GONZÁLEZ.-
Exp.: S-7234
EBG/JOG/Ana*