REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DÉCIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, treinta (30) de julio de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO: AP21-L 2007-002186

IDENTIFICACION DE LAS PARTES Y DE SUS APODERADOS

PARTE ACTORA: JOSE ISRAEL CORREA MONTAÑEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titulare de la Cédula de Identidad Nro. 10.785.474 abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo los Nros. 83.574, respectivamente.-

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: SILVIO JOSE CASTELLANOS HERRERA y MARIELYNA GUINAND OLIVO, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 83.575 y 90.763, respectivamente.-

PARTE DEMANDADA: INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCION Y CAPACITACION TURISTICA (INATUR)

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: RAFAEL LONGA MARCANO, ELIO GARCIA HERNANDEZ y BARBARA OVIEDO PEREZ, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 75.875, 29.817 y 91.644, respectivamente.-

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

HOMOLOGACION DE TRANSACCIÓN
SINTESIS
Se inicia el presente el juicio que por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales que intentara el ciudadano JOSE ISRAEL CORREA MONTAÑEZ, arriba identificado en contra del INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCION Y CAPACITACION TURISTICA (INATUR), presentada por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Laboral de Caracas, en fecha 21 de mayo de 2007, siendo admitida por auto de fecha 23 de mayo de 2007, por el Juzgado Vigésimo (20º) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en el cual se emplazó a la parte demandada a objeto de la celebración de la Audiencia Preliminar. En fecha 02 de noviembre de 2007, se celebro dicha audiencia preliminar, siendo culminada en fecha 09 de mayo de 2008. Ahora bien, no obstante que el Juez trató de mediar personalmente las posiciones de las partes, éstas no llegaron al avenimiento, por lo que se declaró concluida la Audiencia Preliminar, en consecuencia, se agregaron las pruebas de las partes, la parte demandada consignó escrito de contestación a la demanda, se ordenó remitir el expediente a los Juzgados de Juicio, correspondiendo conocer la causa por Distribución a este Tribunal, por auto de fecha 27 de mayo de 2008, este Juzgado procedió a dar por recibida la presente causa, en fecha 03 de junio del mismo año, admite las pruebas promovidas de las partes y en fecha 05 de junio de este mismo año, se fija la oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio para el día 21 de julio de 2008, llegada la oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio las partes señalan a este Tribunal en su intención de conciliar y componer el litigio en la cual solicitaron la suspensión de la causa a los fines de llegar aun acuerdo conciliatorio el cual se impartió su HOMOLOGACION por este Tribunal dicha suspensión. En fecha 28 de julio de 2008. ambas partes de común acuerdo presentaron escrito Transaccional por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial del cual pasa este Tribunal a Pronunciarse de seguidas: Visto el escrito Transaccional presentado por ambas partes ciudadanos JOSE ISRAEL CORREA MONTAÑEZ, parte actora del presente procedimiento arriba identificado y asistido en este acto por el ciudadano SILVIO JOSE CASTELLANOS HERRERA, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 83.575, y por la otra parte el ciudadano RANIERI ADRIAN TOLEDO TAILLEFER, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 76.078, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCION Y CAPACITACION TURISTICA (INATUR) en la cual se establece en su Cláusula Segunda los términos de la Transacción fijando como arreglo total y definitivo por la cantidad de SESENTA Y SIETE MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 67.000,00) del cheque Nº 81460410, girado contra del Banco INSDUSTRIAL DE VENEZUELA, de fecha 25 de julio de 2008, a favor del ciudadano JOSE ISRAEL CORREA MONTAÑES, arriba identificada, y visto la aceptación del pago ofrecido por el ciudadano JOSE ISRAEL CORREA MONTAÑES, ofrecido por la parte demandada es decir la cantidad de SESENTA Y SIETE MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 67.000,00), y visto que la parte demandada cumplió con el pago acordado dentro del lapso establecido entre las partes en la celebración de la Audiencia de juicio de fecha 21 de julio de 2008 y verificando que no se esta violentando ningún derecho al trabajador de autos, considerando que el vinculo laboral entre las partes ha finalizado y visto que el escrito transaccional cumple con detalle pormenorizado de todos los conceptos de naturaleza laboral, de conformidad con las normas de los Artículos 1713 y 1718 del Código Civil, 255, 256, 261 del Código de Procedimiento Civil, 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia y por aplicación extensiva del Artículo 133 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En consecuencia este Juzgado en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara HOMOLOGADA la transacción celebrada por las partes, se le otorga fuerza y carácter de COSA JUZGADA pasada en autoridad judicial y en consecuencia se declara TERMINADO el presente asunto. Se ordena el ARCHIVO definitivo del expediente así como su terminación en el sistema informático. CÚMPLASE.

DISPOSITIVA
Por todos los razonamiento anteriormente expuesto este JUZGADO DECIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley de conformidad con las normas de los Artículos 1713 y 1718 del Código Civil, 255, 256, 261 del Código de Procedimiento Civil, 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia y por aplicación extensiva del Artículo 133 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo; declara: PRIMERO: HOMOLOGADA la transacción celebrada entre el ciudadano JOSE ISRAEL CORREA MONTAÑEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titulare de la Cédula de Identidad Nro. 10.785.474 abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo los Nros. 83.574, parte actora por un lado y por la otra el INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCION Y CAPACITACION TURISTICA (INATUR) por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, por lo que se le otorga fuerza y carácter de COSA JUZGADA pasada en autoridad judicial En consecuencia se declara TERMINADO el presente procedimiento incoado por el ciudadano JOSE ISRAEL CORREA MONTAÑEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titulare de la Cédula de Identidad Nro. 10.785.474 abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo los Nros. 83.574, parte actora en el presente procedimiento en contra del INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCION Y CAPACITACION TURISTICA (INATUR) por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Se ordena el ARCHIVO definitivo del expediente así como su terminación en el sistema informático. CÚMPLASE.

Por aplicación analógica de acuerdo a lo dispuesto en la norma del artículo 11 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia.
CÚMPLASE, PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE TRANSACCIÓN.
Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En ésta ciudad, a los treinta y un (31) días del mes de julio de dos mil ocho (2008). Año 198º de la Independencia y 149º de la Federación.


MARIELA MORGADO RANGEL
LA JUEZ
Abog. TOMAS MEJIAS
EL SECRETARIO



AP21-L-2007-002186
MMR.