REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO SUPERIOR DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 11 de Julio de 2008.

198° y 149°

Vista la diligencia de fecha 09 de julio de 2008, suscrita por la abogado MARÍA VICTORIA VALDIVIESO, Inpreabogado No. 20.083, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, con facultades expresas para desistir y otros, según consta de instrumento poder cursante al folio 4, mediante la cual desiste de la apelación interpuesta en fecha 14 de mayo de 2008, contra la sentencia dictada en fecha 07 de mayo de 2008, por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, se HOMOLOGA el desistimiento del recurso de apelación, en consecuencia, éste Tribunal Superior considera que es improcedente fijar la audiencia oral como se señaló en auto de fecha 08 de julio de 2008, oportunidad en la cual se dio por recibido el presente asunto, todo en el juicio seguido por el ciudadano CESAR AUGUSTO URBINA LEMOS contra el SERVICIO AUTONOMO DE ELABORACIONES FARMACEUTICAS (SEFAR), en consecuencia, una vez firme esta decisión, se ordenará la remisión del presente expediente al Juzgado de Décimo Noveno (19°) de Primera Instancia Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines legales consiguientes. No hay condenatoria en costas a la parte actora por desistir del recurso conforme al artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena la notificación por oficio del Procurador General de la República con inserción de copia certificada del auto de homologación, conforme el artículo 84 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en consecuencia, el lapso para la interposición de los recursos contra este auto comenzará a computarse trascurridos que sean ocho (8) días hábiles contados a partir de la consignación en el expediente de la constancia de notificación. Líbrese oficio.

JUAN CARLOS CELI ANDERSON
JUEZ
LUISA ROSALES
SECRETARIA
Asunto No. AP21-R-2008-000718
JCCA/LR/ia