N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2008-000396
PARTE ACTORA: JOSE MIGUEL FLORES GONZALEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: CRISBEL QUIJADA, PATRICIA YAMILET ZAMBRANO, MIRNA PRIETO, XIOMARIS CASTILLO, MARIA CORREA, WILLIAM GONZALEZ, JUAN NETO, JAIVIS TORRES, ELIANA VELASQUEZ AZUAJE, JHON MARQUEZ, SPART-KENS CASTILLO, IBETH RENGIFO, GABRIELA MOREIRA, GABRIELA RUIZ, ILIA GONZALEZ, MARJORIE REYES, LISSETT DURAN, ROXANA CABELLO, MAYERLING JUNCO
PARTE DEMANDADA: FRIGORIFICO LA LUSITANA, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE MARQUES DA SILVA, JOSE ELIDIO DE FREITAS y YRMA NANCY MARQUES PEREIRA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día hábil de hoy Veinticinco (25) de Junio de dos mil Ocho (2008), siendo las 2:00 P.M, oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, este Juzgado deja expresa constancia de la comparecencia a esta audiencia de los ciudadanos, XIOMARY MARGARITA CASTILLO, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N°: 102.750, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en la presente causa, ciudadano JOSE MIGUEL FLORES GONZALEZ, Venezolano, mayor de edad, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad Nº: V-8.568.512, tal como consta de poder que cursa en los autos, quien se encuentra presente en este acto, e YRMA NANCY MARQUES PEREIRA, Venezolana, mayor d edad, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad Nº:V-11.200.049, en su carácter de DIRECTOR GERENTE, de la parte demandada en la presente causa, empresa FRIGORIFICO LA LUSITANA, CA., tal como consta de copia certificada del Registro Mercantil de la misma, el cual cursa en los auto, quien se encuentra debidamente asistida en esta acto por la ciudadana KEYLA JOSEFINA SALAS MEJIAS, abogada inscrita en el IPSA bajo el N°: 51.136, dándose inicio a la audiencia. Este Juzgado deja constancia que las partes han logrado poner fin a la presente controversia a través del siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En este estado la representación legal de la parte demandada en la presente causa empresa FRIGORIFICO LA LUSITANA, CA., expone: En nombre de mi representada Ofrezco pagar a la parte actora en la presente causa, ciudadano, JOSE MIGUEL FLORES GONZALEZ, Venezolano, mayor de edad, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad Nº: V-8.568.512, la cantidad de Bs. F 4.000,00, que será cancelado, a través de un cheque, a nombre de la parte actora, ciudadano, JOSE MIGUEL FLORES GONZALEZ, Venezolano, mayor de edad, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad Nº: V-8.568.512, el día 30-06-2008, por ante la URDD de este Circuito Judicial del Trabajo. La referida cantidad de dinero ofertada a la parte actora en la presente causa, comprende el pago de los siguientes conceptos: Horas extras; Domingos y Feriados y días de descanso. Es todo. En este acto la parte actora expone: Yo, JOSE MIGUEL FLORES GONZALEZ, Venezolano, mayor de edad, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad Nº: V-8.568.512, acepto el monto ofertado por la parte demandada en la presente causa por los referidos conceptos ampliamente señalados en la presente acta, libre de todo apremio y coacción. Igualmente declaro que nada se le ha quedado a deber por concepto horas extras, días domingos, de descanso y feriados, ni por ningún otro concepto. Es todo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Así mismo, este Tribunal deja constancia que hizo entrega a las partes de los escritos de pruebas con sus anexos, quienes declaran haberlos recibidos en este acto. Por ultimo este Juzgado, ordena el cierre y archivo del presente expediente.
El Juez
Abg. Orlando Antonio Magallanes Pérez.
La Secretaria
Abg. Daniela González.
Los Presentes:
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