AP21-L-2007-003994
Por cuanto de la revisión exhaustiva de las actas procesales que conforman el presente expediente, este Juzgado observa que el día catorce (14) de Mayo de 2008, decreto la ejecución forzosa de la sentencia dictada por este Juzgado el día 11 de enero de 2008, en la presente causa, y fijo para el día cinco (05) de Junio de 2008, a las 9:00 A.M., la oportunidad para ejecutar dicha decisión. Que el referido acto se verifico y las partes celebraron un acuerdo a los fines de dar cumplimiento a la referida sentencia, en el cual la parte demandada ofreció a la parte actora la cantidad de Bs.F. 50.000,00. En consecuencia, visto que el referido acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, de conformidad con lo señalado en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado, le imparte su HOMOLOGACIÓN en cada uno de los términos expuestos en dicho acuerdo, ya que cumple con los requisitos exigidos para su validez y eficacia, dándole efectos de cosa juzgada. Así se establece.
El Juez
Abg. Orlando Antonio Magallanes Pérez.
La Secretaria.
Abg. Kelly Sirit.
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