REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Sala de Juicio. Juez Unipersonal N° 8
Caracas, diez (10) de Junio de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2000-000417
MOTIVO: Colocación en Entidad de Atención.
SOLICITANTE: Ciudadana LYUDMILA FRANCO, Procuradora Décima Novena de Menores (E) del Área Metropolitana de Caracas
BENEFICIARIA: Ciudadana JENNIFER GARCIA SILVA, mayor de edad.
Se inició el presente procedimiento mediante solicitud de Colocación en Entidad de Atención, presentada por la ciudadana LYUDMILA FRANCO, en su carácter Procuradora Décima Novena de Menores (E) del Área Metropolitana de Caracas, a favor de la entonces niña JENNIFER GARCIA SILVA; ahora bien, de la revisión de las actas que integran el presente asunto, especialmente de la partida de nacimiento cursante al folio (34) treinta y cuatro del presente asunto, se evidencia que la ciudadana JENNIFER GARCIA SILVA, nació en fecha 24 de Febrero de 1990, traduciéndose esto en que la antes niña ha alcanzado la mayoría de edad y, en consecuencia el Régimen de Patria Potestad al cual estaba sometida, se ha extinguido, siendo que ha adquirido plena capacidad civil, tal y como lo dispone el articulo 356 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y así se hace saber.
Por lo antes expuesto esta Juez Unipersonal VIII, de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara TERMINADA la presente solicitud y se ordena el cierre y Archivo del presente expediente. Cúmplase.
LA JUEZ
DRA. MARIA GABRIELA OLAVARRIA LA SECRETARIA
ABG. EMELY VILLAMIZAR
AP51-S-2000-000417
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