REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
CIRCUITO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL IX
Caracas, trece (13 ) de Junio de 2008
198º y 149º


Por recibido, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Visto el escrito de fecha dos (02) de junio de 2008, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por la ciudadana JENNY MARIN, en su carácter de Defensora Pública Séptima (7°), y actuando en nombre y representación de los derechos e interés del niño (...), de (...) años de edad; en el cual remite convenio de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR celebrado entre los ciudadanos YANUZZI JOSEFINA SALAZAR PEREZ y EDWIN ALBERTO RODRIGUEZ, ambos mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédula de Identidad Nros. V-12.064.599 y V-13.380.692, respectivamente, a favor del prenombrado niño, y quienes acordaron en el Acta convenio de fecha 02/06/2008, lo relativo al Régimen de Convivencia Familiar de su hijo antes mencionado.