REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
CIRCUITO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
SALA DE JUICIO, JUEZ UNIPERSONAL IX
Caracas, cuatro (04 ) de Junio de 2008
198º y 149º

ASUNTO: AP51-S-2008-008791

Por recibido, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Visto el escrito de fecha 26 de mayo de 2008, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por la ciudadana ANA MARINA LOVERA, en su carácter de Fiscal Centésima Sexta (106°) del Ministerio Público del Area Metropolitana de Caracas y actuando en nombre y representación de los derechos e interés de la adolescente y el niño (...), de (...) y (...) años de edad, respectivamente, en el cual remite convenio de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR celebrado entre los ciudadanos LUIS ROBERTO BLANCO MORET y THAIRY ANA SANTIAGO LEON, ambos mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédula de Identidad Nros. V-12.358.398 y V-13.528.852, respectivamente, a favor de sus prenombrados hijos, y quienes acordaron en el Acta convenio de fecha 21/05/2008, lo relativo al Régimen de Convivencia Familiar de sus hijos antes mencionados.