REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Nº 10 del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
Diecisiete de junio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-009660

Vista la solicitud anterior que encabeza la anteriores actuaciones presentada por la ciudadana YALITZA TIBISAY RIVERO NUÑEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 6.440.730, y la justificación promovida y evacuada al efecto, en especial la deposición de los testigos PASTORI APONTE NAILIS Y PADILLA ANTONIO JOSE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nos.18.817.093 y 2.995.835 respectivamente, este Tribunal sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE UNICO Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus ALFREDO GUILLERMO ARANGUREN ALVARADO quien era venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 4.887.128, a favor del adolescente (se omite el nombre conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente). Devuélvase en original todas las actuaciones. ASI SE DECIDE.
LA JUEZ

ABG. MAIRIM RUIZ RAMOS

EL SECRETARIO

ABG. IVAN CEDEÑO