CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL N° 12
Caracas, dieciséis (16) de Junio de 2008
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-009535
Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), se le da entrada y se anota en el libro respectivo. Visto el convenio de Responsabilidad de Crianza, presentado por la profesional del Derecho BLANCA AURORA MARCANO MORALES, Fiscal Nonagésima Cuarta (94°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; actuando en nombre y representación de los derechos e intereses de los niños XXX, de nueve (09) y siete (07) años de edad, respectivamente; el cual fue suscrito en fecha 06/02/2008; por los ciudadanos YENNY LORENA CONTRERAS ROA y NELSON JOSE MONSALVE SEGOVIA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-13.977.177 y V-12.616.675, respectivamente. Se ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. Ahora bien, en virtud de que se encuentran llenos lo extremos previstos en la Ley; esta Sala de Juicio Nº XII del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo establecido en los artículos 359 y 360 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, publicada en gaceta oficial Nº 5859 Extraordinario 10 de diciembre de 2007, HOMOLOGA dicho convenio en los mismos términos y condiciones expuestos por las partes, dándole carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Igualmente, se acuerda expedir por Secretaría copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, una vez sean consignados los respectivos fotostatos, a los fines de que surta sus efectos legales. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ,

ABG. SARA GUARDIA SOTO
LA SECRETARIA,