REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal N° XIII

Caracas, 06 de junio de 2008
198º y 149º

ASUNTO: AP51-S-2008-009193

Revisadas las actas procesales que conforman la presente causa y vista la Autorización de pasaporte, suscrita por el ciudadano WALTER HUGO ALVAREZ CORTEZ, de nacionalidad Peruano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº E-81.669.570, actuando en nombre de los adolescentes SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN y la niña SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, de cuatro (14), doce (12) y ocho (8), años de edad, respectivamente, asistidas por los abogados JOSE GREGORIO PADRINO BARBIERI e INGRID JOSEFINA PADRINO BARBIERI, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 30.513 y 77.328, mediante la cual solicita la autorización judicial para la tramitación del pasaporte y viajes de los adolescentes y la niña antes identificados, en vista de que en un futuro tiene planificado viajar con las mismas como lo expresa el dicha solicitud. En consecuencia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda autorizar ampliamente al ciudadano WALTER HUGO ALVAREZ CORTEZ, anteriormente identificada, para que pueda tramitar la expedición del pasaporte de los adolescentes y la niña de autos, ante las autoridades correspondientes, por lo que queda sustituido por orden de este Tribunal el consentimiento de la madre para la expedición del citado documento antes las autoridades de Identificación correspondientes, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Líbrese oficio a la Oficina Nacional de Identificación y extranjería (ONIDEX), a los fines de informarle de la presente decisión, y para la entrega de dicho oficio se nombra como correo especial al ciudadano WALTER HUGO ALVAREZ CORTEZ. Remítase mediante oficio a la Oficina de Atención al Público, copia certificada de la presente decisión. Cúmplase -.
LA JUEZ,

ABG. JAIZQUIBELL QUÍNTERO ARANGUREN

LA SECRETARIA,

ABG. SALLY GUERRERO

ASUNTO: AP51-S-2008-009193
JQA/YC
Motivo: Aut. Jud. para Pasaporte y Viaje