REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, 30 de Junio de 2008.
Años 198° y 149°.-
Vista la solicitud de inventario, interpuesta por los abogados CARLOS EDUARDO GARCIA NUÑEZ Y MIGUEL ANGEL SANTELMO BRAVO, en ejercicio de este domicilio e inscrito en el inrepabogado bajo los Nos. 27.986 y 107.324, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadanos LINDA WROBLEWSKI DE MENDOZA, quién a su vez actúa en su carácter de representante legal de su menor hijo ANDRES GONZALEZ DE MENDOZA WROBLEWSKI, sobre los derechos proindivisos sobre la herencia de los bienes que integran la sucesión de su abuelo ENQIRUE GONZÁLEZ DE MENDOZA PARRAGA, este Tribunal observa:
Como quiera de la revisión de la solicitud de inventario interpuesta, se desprende que en la misma, se encuentran involucrados intereses y derechos de un menor de edad, este Tribunal considera necesario traer a colación el contenido del parágrafo segundo, literal “A” del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, el cual dispone que:
Artículo 177: “…Competencia de la Sala de Juicio. El juez designado por el presidente de la Sala de juicio, según su organización interna, conocerá en primer grado de las siguientes materias:

Parágrafo Segundo: Asuntos patrimoniales y del trabajo:
a) Administración de los bienes y representación de los hijos;
b) Conflictos laborales;
c) Demandas contra niños y adolescentes;
d) Cualquier otro afín a ésta naturaleza que deba resolverse judicialmente….”


En consecuencia, este Tribunal acuerda DECLINAR LA COMPETENCIA para conocer de la presente solicitud, en una Sala de Juicio de los Juzgados de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en consecuencia se ordena remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de los Juzgados Protección del Niño y del Adolescente de esta misma Circunscripción Judicial, anexo a oficio. Cúmplase. Líbrese oficio.
LA JUEZ TEMPORAL,

Dra. RAHYZA PEÑA VILLAFRANCA.

LA SECRETARIA TITULAR,

ABOG. LEOXELYS VENTURINI MÉNDEZ.


EXP No. 11595
RPV/LEVM/américo.