REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
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JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL
Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas,
Años: 198º y 149º
Vistas las actas procesales que conforman la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN presentada por el abogado en ejercicio JOSE EMIDIO GONZALEZ MARQUEZ, inscrito en el I.P.S.A., bajo el No. 56.106, en su carácter de apoderado judicial de las ciudadanas AIDA DEL CARMEN CASTELLANOS, MARGERIS DEL CARMEN GONZALEZ CASTELLANOS, MARILIN DEL CARMEN GONZALEZ CASTELLANOS, MARYORY YOSMAR GONZALEZ CASTELLANOS y MARYERLIN KARINA GONZALEZ CASTELLANOS, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nos. V.-3.214.756, V-10.377.406, V.-11.942.061, V.-14.386.711 y V.-17.442.682, respectivamente, la primera de las identificadas concubina del difunto y las restantes hijas del difunto, mediante en la cual exponen que en el Acta de Defunción del ciudadano HUGO RAMON GONZALEZ MARQUEZ, la cual corre inserta en los libros de Registro Civil de Defunciones, de la Parroquia San José, Municipio Libertador del Distrito Capital, anotada bajo el No. 114, año 2001; al transcribirse la misma se incurrió en un error material, al asentarse que la ciudadana ZORAIDA RAMONA MORALES CASTELLANOS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V.- 6.961.575, como hija del difunto, siendo esta la persona que participó el fallecimiento ante la Jefatura, en vida el mencionado difunto procreó cuatro (4) hijas con la ciudadana AIDA DEL CARMEN CASTELLANOS, y estas son: MARGERIS DEL CARMEN GONZALEZ CASTELLANOS, MARILIN DEL CARMEN GONZALEZ CASTELLANOS, MARYORY YOSMAR GONZALEZ CASTELLANOS y MARYERLIN KARINA GONZALEZ CASTELLANOS, antes identificadas, siendo esto lo correcto, no cinco (5) hijas como lo expresa dicha acta. Otro error que se incurrió, fue al transcribirse el nombre de una de sus hijas, colocando MARYORIE, siendo lo correcto MARYORY YOSMAR GONZALEZ CASTELLANOS, tal como lo evidencia su Partida de Nacimiento, la cual corre inserta en los libros de Registro Civil de Nacimientos, de la Parroquia La Vega, Municipio Libertador del Distrito Capital, anotada bajo el No. 1883, año 1980,
Consignando los recaudos fundamentales en la solicitud, copia certificada del acta de defunción del ciudadano HUGO RAMON GONZALEZ MARQUEZ, la cual se pretende rectificar, la Partida de Nacimiento de la ciudadana ZORAIDA RAMONA MORALES CASTELLANOS, Acta No. 644, Folio 44, Tomo II, otorgada por la Primera Autoridad Civil del Municipio Cristóbal Mendoza del Distrito y Estado Trujillo, la cual corre inserta en los Libros de Nacimientos llevados en el año 1966; la Constancia de Convivencia de la ciudadana AIDA DEL CARMEN CASTELLANOS con el ciudadano HUGO RAMON GONZALEZ MARQUEZ, de fecha 15 de Junio de 2000; la Partida de Nacimiento de la ciudadana MARGERIS DEL CARMEN GONZALEZ CASTELLANOS, Acta No. 150, Folio 75vto, del año 1971, otorgada por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia 23 de Enero del Municipio Libertador, Distrito Capital, la cual corre inserta en los Libros de Nacimientos llevados en ese mismo año; la Partida de Nacimiento de la ciudadana MARILIN DEL CARMEN GONZALEZ CASTELLANOS, Acta No. 279, Folio 140, del año 1974, otorgada por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia 23 de Enero del Municipio Libertador, Distrito Capital, la cual corre inserta en los Libros de Nacimientos llevados en ese mismo año; la Partida de Nacimiento de la ciudadana MARYORY YOSMAR GONZALEZ CASTELLANOS, Acta No. 1883, Folio 442, del año 1980, otorgada por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Vega del Municipio Libertador, Distrito Capital, la cual corre inserta en los Libros de Nacimientos llevados en ese mismo año; la Partida de Nacimiento de la ciudadana MARYERLIN KARINA GONZALEZ CASTELLANOS, Acta No. 2665, Folio 333, del año 1986, otorgada por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Vega del Municipio Libertador, Distrito Capital, la cual corre inserta en los Libros de Nacimientos llevados en ese mismo año y los fotostátos de las Cédulas de Identidad de cada una de las solicitantes. En consecuencia, probado como ha sido lo alegado en autos y, visto que la referida transcripción no amerita de un Juicio de Rectificación de Acta de Defunción se procede a tramitarlo meramente y, a tales efectos se ACUERDA dicha rectificación del acta de defunción del ciudadano HUGO RAMON GONZALEZ MARQUEZ, antes identificado, excluyendo a la ciudadana ZORAIDA RAMONA MORALES CASTELLANOS como hija del difunto y corrigiéndose el número de hijas procreadas, siendo lo correcto cuatro (4) hijas: MARGERIS DEL CARMEN GONZALEZ CASTELLANOS, MARILIN DEL CARMEN GONZALEZ CASTELLANOS, MARYORY YOSMAR GONZALEZ CASTELLANOS y MARYERLIN KARINA GONZALEZ CASTELLANOS. Se ordena remitir copias certificadas de la presente providencia a las autoridades civiles competentes mediante oficio, a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José, Municipio Libertador del Distrito Capital y al Registrador Principal del Distrito Capital, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil. En cuanto a las copias certificadas se harán de acuerdo al procedimiento establecido en los artículos 111 y 112, ambos del Código de Procedimiento Civil, las cuales deberán ser suscritas en todas y cada una de sus partes por la Secretaria de este Tribunal. Cúmplase.-
EL JUEZ
HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA
EL SECRETARIO
HECTOR VILLASMIL C.
HJAS/HVC/fccs.-
Exp._No:_2007- 14821.-
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