REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas: 27 de junio de 2008
198° y 149°
Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por la ciudadana ODALYS ROJAS NIEVES, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 19158, este Tribunal por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni improcedentes, las admite cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la sentencia definitiva que recaiga en la presente causa. Con respecto al capitulo II del escrito de promoción de pruebas este Tribunal fija el TERCER (3) DIA DE DESPACHO SIGUIENTE A LA CONSTANCIA EN AUTOS DE HABERSE PRACTICADO SU CITACION A LAS 10:00 a.m., Y 11:00 a.m., para que los ciudadanos MARGARITA LUGO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad No. 6.896.309 y PASTOR GUACARAN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad No. 2.744.260, previa citación mediante boleta, ratifiquen sus dichos en el justificativo indicado. Asimismo con respecto al numeral segundo del escrito de pruebas, este Tribunal fija para el QUINTO (5) DIA DE DESPACHO SIGUIENTE A LA CONSTANCIA EN AUTOS DE HABERSE PRACTICADO SU CITACION A LAS 11:00 a.m., y 12:00 p.m., a fin de que se lleve a cabo el acto de declaración de testigos previa citación mediante boleta de los siguientes ciudadanos MERCEDES BENCOMO R., y MERY MARTINEZ DE RIVERO, venezolanos, mayores deidad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nos. 3.989.486 y 3.980.809 respectivamente.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
EL SECRETARIO.,
ABG. ELIZABETH BRETO GONZALEZ.
ABG. JOSÉ OMAR GONZALEZ.
EXP. 22726
EBG*JOG*Gustavo.-
En esta misma fecha se libraron las boletas de citación respectivas.-
EL SECRETARIO,