REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 27 de Junio de 2.008.
198° y 149°
Exp. N° 26.023.-
Sentencia Definitiva de Familia
PARTE SOLICITANTE:
• KELINTON ZHENIDDEY GUEVARA SALCEDO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.574.696.
ABOGADO ASISTENTE:
• ANA CECILIA ARIAS SEQUERA, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 20.441.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO.
Vista la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por el ciudadano KELINTON ZHENIDDEY GUEVARA SALCEDO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.574.696, asistido por la profesional del derecho ANA CECILIA ARIAS SEQUERA, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 20.441, este Tribunal le da ENTRADA, asimismo visto el pedimento contenido en ella, en la cual solicita que este Juzgado ordene la RECTIFICACIÓN DE SU ACTA DE NACIMIENTO, la cual corre inserta por en los Libros de Registro civil de Nacimientos de la Parroquia Sucre, Departamento Libertador (hoy Municipio Libertador) del Distrito Federal (hoy Distrito Capital), Acta Nº 1847, del ocho (8) de Julio de Mil Novecientos Sesenta y Cuatro (1964), manifestando el solicitante en su libelo, que la mencionada Acta de Nacimiento adolece del siguiente error material:
• En la partida de nacimiento expedida por la Jefatura Civil de La Parroquia Sucre aparece con el nombre: “…KELITON ZHENIDDEY…”, y en la partida de nacimiento expedida por la Oficina Civil de Registro Público del Distrito Capital, también adolece de error, aparece su nombre como: “…KELINTON ZHENDDY…” siendo esto incorrecto, siendo lo correcto: “…KELINTON ZHENIDDEY…”.
Como prueba de lo alegado, por la solicitante, consignó: Escrito de solicitud de Rectificación De Acta De Nacimiento, Actas De Nacimientos expedidas por la Jefatura Civil de La Parroquia Sucre y por la Oficina Civil de Registro Público del Distrito Capital, Datos Filiatorios y tarjeta de nacimiento.
Este Tribunal considera que tal error no amerita un trámite mediante un juicio ordinario de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO. En consecuencia, este JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, procede en forma sumaria, por lo que se declara procedente la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento y en consecuencia, se ORDENA la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO del ciudadano KELINTON ZHENIDDEY GUEVARA SALCEDO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.574.696, la cual corre inserta en los Libros de Registro civil de Nacimientos de la Parroquia Sucre, Departamento Libertador (hoy Municipio Libertador) del Distrito Federal (hoy Distrito Capital), Acta Nº 1847, del ocho (8) de Julio de Mil Novecientos Sesenta y Cuatro (1964), correspondiente al año 1983, y en DONDE SE LEE: “…KELITON ZHENIDDEY…” siendo esto incorrecto, DEBE LEERSE: “…KELINTON ZHENIDDEY…”, y en la partida de nacimiento expedida por la Oficina Civil de Registro Público del Distrito Capital, en DONDE SE LEE: “…KELINTON ZHENDDY…” siendo esto incorrecto, DEBE LEERSE: “…KELINTON ZHENIDDEY…”que es lo correcto, como debe constar y así se declara.
Remítase adjunto a oficios copia certificada de la Solicitud y de la presente decisión a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre, del Municipio Libertador del Distrito Capital, para que conforme a lo dispuesto en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 502 del Código Civil, se estampe la nota correspondiente. Asimismo se ordena expedir copias certificadas junto con oficios a las autoridades correspondientes. Cúmplase.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.-
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN LA SALA DEL JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, 27 de Junio de dos mil ocho (2008). Años 198° DE LA INDEPENDENCIA y 149° DE LA FEDERACIÓN.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
EL SECRETARIO TITULAR,
ABG. ELIZABETH BRETO GONZALEZ.-
ABG. JOSÉ OMAR GONZALEZ.-
En esta misma fecha, siendo las 3:10 p.m., se público y registro la anterior decisión.-
EL SECRETARIO,
ABG. JOSÉ OMAR GONZALEZ.-
EBG/JOG/Ana*
Exp. No. 26.023
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