Expediente Nº 25.373 Ast Nº 03
REPÚBLICA BOLÍVARIAN DE VENEZUELA
JUZGADO DUODEDCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, ___________________
Años 197° y 149°
PARTE SOLICITANTE: BERTHA JOSEFINA MARTIN OSILIA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 3.180.536.
APODERAO JUDICIAL: BRIGETTE ELENA ECHEVERRIA, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 33.180.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO.
Sentencia Definitiva
Visto el escrito presentado por la ciudadana BRIGETTE ELENA ECHEVERRIA, apoderada judicial de la ciudadana BERTHA JOSEFINA MARTIN OSILIA, por medio de la cual solicitan la Rectificación de su Acta de Nacimiento, acta esta llevada por ante la Jefatura Civil de la Parroquia San Jose, Departamento Libertador del Distrito Federal hoy Municipio Libertador del Distrito Capital, acta Nº 31, folio 16 del año 1947, por cuanto en la misma se asentó erradamente el primer apellido de la madre de la solicitante como ROSA OSIGLIA de MARTIN, siendo esto incorrecto. Para probar consignó el acta de nacimiento errada, el acta de matrimonio de sus padres y el acta de nacimiento de su madre. Probado como ha sido lo alegado y visto que el error cometido no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de Partida, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, acuerda tramitar en forma sumaria la presente solicitud, en consecuencia, se ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia San José Departamento Libertador del Distrito Federal hoy Municipio Libertador del Distrito Capital, a estampar la nota marginal correspondiente y a corregir el error de la siguiente manera: donde dice ROSA OSIGLIA de MARTIN debe decir ROSA OSILIA de MARTIN. Y así se declara. Líbrense los oficios a las autoridades respectivas y anéxese a las mismas copias certificadas de la presente decisión. Líbrese oficio.-
Publíquese, Regístrese Notifíquese y déjese copia.
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, _____________________Años 197º de la Independencia y 149º de la Federación.
EL JUEZ,
LUIS TOMAS LEÓN SANDOVAL EL SECRETARIO,
MUNIR SOUKI
EXP. N° 25.373
LTLS/MS/adp-03
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