REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
EN SU NOMBRE
JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, _________________________.-
198º y 149º
Expediente: 25756
Sentencia Definitiva.
SOLICITANTES: Ciudadanos EDUARDO IGNACIO RAMIREZ SUAREZ y SORAYA BEATRIZ BOHORQUEZ RANGEL, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nos. V- 5.536.477 y V-6.399.512, respectivamente.
ABOGADOS ASISTENTES: JOHANA SALCEDO MALDONADO, ANA MARIA GAMARDO MEDINA e IRENE MEDINA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 105.542, 57.944 y 57.945 respectivamente.
MOTIVO: PARTICION AMISTOSA.
Vista la presente solicitud, suscrita por los ciudadanos EDUARDO IGNACIO RAMIREZ SUAREZ y SORAYA BEATRIZ BOHORQUEZ RANGEL, antes identificados, debidamente asistidos por los abogados JOHANA SALCEDO MALDONADO, ANA MARIA GAMARDO MEDINA e IRENE MEDINA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 105.542, 57.944 y 57.945 respectivamente., en la cual solicitan de mutuo acuerdo la disolución de la sociedad conyugal que existió entre ellos, este Tribunal observa:
Como recaudos del presente procedimiento gracioso, los solicitantes consignaron Acta de Matrimonio Nº 549, Tomo 2, Año 1986, marcado con la letra “A”, Sentencia de Divorcio con su respectivo auto de ejecución de fecha 26 de Septiembre de 2007, bajo el Nº de expediente AP51-5-2006-008109, marcada con la letra “B”, Copia certificada del documento de propiedad del inmueble registrado ante la Oficina de Registro Publico Segundo Circuito del Municipio Baruta, Estado Miranda, anotado bajo el Nº 38, Tomo 09, Protocolo1 del 12 de diciembre de 2003, marcado con la letra “C”, Copia del Registro Mercantil del Centro Óptico Macaracuay, S.R.L Cenomaca, marcada con la letra “E”, marcada con la letra “F” la acción en el Margarita Laguna Mar, C.A., Copia Certificada del Inmueble distinguido con el Nº 61-C, Tipo C, marcado con la letra “F”, la acción Nº 146 de la Asociación Civil Los Anaucos Golf, Club, marcado con la letra “G”, original certificado de Registro de Vehiculo Nº KNAJESS 3877324523-1-1, de fecha 12 de Abril de 2007 marcado con la letra “H”, cheque personal Nº 75123555, de la cuenta Nº 01050245431245005219, del Banco Mercantil, marcado con la Letra “I”, copia del estado de cuenta del Credito del Banco de Venezuela, marcado con la º comunidad conyugal que existió entre los solicitantes.
En consecuencia, y por cuanto observa este Tribunal que del libelo presentado en esta solicitud los solicitantes convienen en todas y cada una de las partes de la presente Partición Amistosa y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expuesta en la Ley, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN en los mismos términos contenidos en ella.- Así se decide.-
EL JUEZ,
Dr. LUIS TOMAS LEON SANDOVAL
EL SECRETARIO,
MUNIR SOUKI.
Exp. 25756
LTLS/Ms/RI-07
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