25.840 REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA
EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, ____________.
Años 198º y 149º
Expediente: N° 25.840
Sentencia Definitiva
SOLICITANTE: ENYER JOSE REYES RAMOS, venezolano, mayor de edad de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V- 17.718.490.
ABOGADO ASISTENTE: MORELLA GARCÍA DE BRACHO, abogado de la Oficina de Asistencia Jurídica Gratuita Dirección General de Justicia y Cultos Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 29.236.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO.
Vista la solicitud presentada por el ciudadano ENYER JOSE REYES RAMOS, venezolano, mayor de edad de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V- 17.718.490, debidamente asistida por la MORELLA GARCÍA DE BRACHO, abogado de la Oficina de Asistencia Jurídica Gratuita Dirección General de Justicia y Cultos Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 29.236, por medio del cual solicita la RECTIFICACIÓN DE SU ACTA DE NACIMIENTO, acta ésta llevada por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José, Municipio Libertador del Distrito Capital, según acta N° 35 del año 1987, en la cual se incurrió un error material al asentar en dicha acta el primer nombre del solicitante, colocaron ENGER siendo esto incorrecto; siendo lo correcto ENYER. Para probar lo alegado la solicitante consignó a los autos: tarjeta de nacimiento, datos filiatorios, el acta de nacimiento errada y copia simple de cédula de identidad; todos los recaudos señalados pertenecientes al solicitante. Probado como ha sido lo alegado y visto que el error cometido no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de acta de nacimiento; este JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, acuerda tramitar en forma SUMARIA la presente solicitud, en consecuencia se ordena oficiar a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José del Municipio Libertador del Distrito Capital, a fin de que proceda a estampar la nota marginal correspondiente y a corregir el error cometido donde se menciona: el nombre ENGER, por el de ENYER. La presente decisión es sin perjuicio de terceros. Y ASÍ SE DECLARA.- Expídanse por Secretaría copia certificada del presente auto y remítase con oficio a las autoridades correspondientes.
EL JUEZ,
LUIS TOMAS LEON SANDOVAL.
EL SECRETARIO,
En esta misma fecha se requieren fotostatos para proveer.
EL SECRETARIO,
Expediente número 25.840
LTLS/MS/JO (0).
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