Expediente Nº 25.883 Ast Nº 03

REPÚBLICA BOLÍVARIAN DE VENEZUELA



JUZGADO DUODEDCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, ___________________
Años 197° y 149°

PARTE SOLICITANTE: ESTHER ALEJANDRINA MATSON de NIETO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 1.621.376.
APODERADO JUDICIAL: ROMULO ALFONSO FORTI MACKSMAN, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 46.723.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO.
Sentencia Definitiva

Visto el escrito presentado por el ciudadano ROMULO ALFONSO FORTI MACKSMAN, apoderado judicial de la ciudadana ESTHER ALEJANDRINA MATSON de NIETO, por medio de la cual solicitan la Rectificación de su Acta de Matrimonio, acta esta llevada por ante la Prefectura del Municipio Chacao del Distrito Sucre del Estado Miranda, hoy Registro Civil Justicia Municipal del Municipio Chacao, acta Nº 239, folio 20 y vto del año 1959, por cuanto en la misma se asentó erradamente en donde se le coloco un segundo nombre al contrayente ciudadano ANTONIO JOSE NIETO MARTINEZ, siendo esto incorrecto. Para probar consignó el acta de matrimonio errada, el acta de nacimiento y de defunción de su esposo. Probado como ha sido lo alegado y visto que el error cometido no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de Partida, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, acuerda tramitar en forma sumaria la presente solicitud, en consecuencia, se ordena a la Prefectura del Municipio Chacao del Distrito Sucre del Estado Miranda, hoy Registro Civil Justicia Municipal del Municipio Chacao, a estampar la nota marginal correspondiente y al Registro Principal a corregir el error de la siguiente manera: donde dice ANTONIO JOSE NIETO MARTINEZ debe decir ANTONIO NIETO MARTINEZ. Y así se declara. Líbrense los oficios a las autoridades respectivas y anéxese a las mismas copias certificadas de la presente decisión. Líbrese oficio.-
Publíquese, Regístrese Notifíquese y déjese copia.
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, _____________________Años 197º de la Independencia y 149º de la Federación.
EL JUEZ,


LUIS TOMAS LEÓN SANDOVAL EL SECRETARIO,


MUNIR SOUKI






EXP. N° 25.883
LTLS/MS/adp-03