REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuadragésimo Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diecinueve (19) de junio de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO: AP21-L-2007-000775
Vista el acta de fecha 06.05.2008, en la cual la parte demandada da cumplimiento al dispositivo del fallo, este Juzgado por cuanto del convenimiento celebrado observa que no se vulneran normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, en consecuencia, se dará por terminado el presente procedimiento y se ordenará el cierre y archivo del expediente una vez conste en autos el pago de los honorarios profesionales correspondientes a la experto contable Licenciada Gilda Gárces. ASÍ SE ESTABLECE.-
La Juez
Luisa Ávila Torres
La Secretaria
Norialy Romero
LAT/NR/arr.-