REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal cuadragésimo Quinto (45°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticinco (25) de junio de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO : AP21-L-2007-005517
Vista la transacción presentada por la ciudadana DALIA MORAIMA COIRAN, inscrita en el IPSA bajo el número 93.729, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana AGOSTINO PULEO PANEPINTO, titular de la cédula de identidad número 11.305.139, y por la otra la abogada HAYDEE AÑEZ ORPEZA, inscrito el IPSA bajo el N° 15.794 , en su carácter de apoderada judicial de la demandada BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A Este juzgado, observa que la misma cumple con los requisitos establecidos en el articulo 03 de la Ley orgánica del Trabajo y 9 y 10 de su reglamento en consecuencia HOMOLOGA DICHA TRANSACCIÓN, en todos y cada uno de los términos en que fue expuesta. Este juzgado da por terminada la presente causa y se ordena el cierre definitivo del expediente. Se acuerda la expedición de las copias certificadas solicitadas, de conformidad con el numeral 3ro del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así mismo acuerda copias solicitadas por las partes Cúmplase.-
La Juez
La Secretaria
Norialy Romero
Luisa Avila
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