REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Cuadragésimo Quinto (45°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, treinta (30 ) de junio de dos mil ocho (2008)
198º y 149º

ASUNTO : AP21-L-2008-002506
Vista la transacción presentada por la ciudadana MARIA INES CORREA RAMIREZ, inscrita en el IPSA bajo el número 89.525, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos CORTEZ ALBERTO JOSE Y PEÑA CORREDOR CARLOS ALBERTO , titulares de las cédulas de identidad números 13.656.975 y 14.700.331 respectivamente y por la otra el abogado OSCAR RAMON DELGADO ALVAREZ, inscrito el IPSA bajo el N° 124.262 , en su carácter de apoderado judicial de la demandada COOPERATIVA DE SEGURIDAD INTEGRAL GUARDIANES BOLIVARIANOS R.L Este juzgado, observa que la misma cumple con los requisitos establecidos en el articulo 03 de la Ley orgánica del Trabajo y 9 y 10 de su reglamento en consecuencia HOMOLOGA DICHA TRANSACCIÓN, en todos y cada uno de los términos en que fue expuesta. Este juzgado da por terminada la presente causa y se ordena el cierre definitivo del expediente. Cúmplase.-
La Juez

La Secretaria

Abg. Luisa Avila

Norialy Romero