REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 26 de Junio de 2008.
198° y 149°
Vista la diligencia de fecha 26 de Junio de 2008, suscrita por el abogado MIGUEL GABALDON, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 4.842, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, con facultades expresas para desistir y otros, según consta de copia de poder que cursa a los folios 64 al 68, mediante la cual desiste de la apelación interpuesta en fecha 28 de mayo de 2008, contra el auto de admisión de pruebas de fecha 26 de mayo de 2008, dictado por el Juzgado Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caraca, el Tribunal HOMOLOGA el desistimiento del recurso de apelación, asimismo, observa éste Tribunal que la audiencia oral estaba fijada para el 27 de Junio de 2008, a las 8:45 a.m., en atención a la homologación impartida a dicho desistimiento, considera esta Alzada inoficiosa su celebración, todo en el juicio seguido por el ciudadano DOMINGO ALBERTO CEIBA RODRIGUEZ y OTROS contra C. A. EDITORA EL NACIONAL, en consecuencia, una vez firme esta decisión, ordena la remisión de la presente incidencia al Juzgado Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Juicio.
JUAN CARLOS CELI ANDERSON
JUEZ
LUISA ROSALES
SECRETARIA
Asunto: AP21-R-2008-804
JCCA/LR/yro.
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