REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
TRIBUNAL DE EJECUCION
Guanare, 18 de Marzo de 2008
Años 197° y 148°
Nº _________
CAUSA Nº 2E-99-05
Vista la diligencia del penado RODRIGUEZ RIERA JOSE JAVIER, donde solicita salida transitoria, a los fines de realizar diligencia relacionada con la obtención de otra oferta de trabajo, en la Población de Guanarito, donde se entrevistará con el Concejal Abrahan Zapata. Así mismo solicita el beneficio de Régimen Abierto en cualquiera de los Centros de tratamiento Comunitarios ubicado en la ciudad de Caracas o el Estado Miranda. Este tribunal observa:
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El Artículo 62 de la Ley de Régimen Penitenciario, exige como requisito: “Los penados obtendrán salidas transitorias… debidamente vigilados… previo los requisitos que reglamentariamente se fijen, en los siguientes casos: Gestiones no delegables o cuya trascendencia aconseje la presencia del penado en el lugar de la gestión…”
De lo anteriormente expuesto, se desprende que el fundamento se ajusta a lo previsto en la ley, lo que hace procedente la concesión de la solicitud aquí planteada; en consecuencia, debe declararse con lugar la solicitud para el otorgamiento de la salida transitoria al penado RODRIGUEZ RIERA JOSE JAVIER, Cédula de Identidad Nº 25.520.145, desde el día Miércoles, 19/03/2008 a las 8:30 a.m., debiendo reingresar al Instituto Penitenciario de Capacitación Agrícola y Artesanal a las 6:30 p.m., del mismo día Miércoles. Así mismo se acuerda oficiar a los
siguientes Centros de Tratamiento: Francisco Canestri en la Ciudad de Caracas, José Alfredo Rodríguez en el Estado Miranda, Dr. Luís Martínez González y Dr. José Mendaz Uroza, a los fines de que informe acerca de la disponibilidad de cupo para el beneficio de Régimen Abierto, solicitado por el penado, y así lo decide este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en función de Ejecución Nº 2, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Regístrese, notifíquese, déjese copia.
Juez de Ejecución Nº 2
Abg. Narvy del Valle Abreu Moncada
La Secretaria
Abg. Tania Rivero