REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 2

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE





CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA 2



Caracas, 11 de marzo de 2008
197º y 149º




EXPEDIENTE Nº 2008-2517
PONENTE: DRA. BELKYS ALIDA GARCÍA



Corresponde a esta Sala decidir sobre la admisión del Recurso de Apelación intentado por la Abogada MARIELA GODOY ESTABA, Defensora Pública Décima Novena Penal del Área Metropolitana de Caracas, actuando como defensora del ciudadano CASTILLO ANTONIO JOSÉ, con fundamento en el artículo 447 ordinal 5° del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada en fecha 30 de octubre de 2007, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal. No hubo contestación por parte del ciudadano Fiscal Centésimo Décimo Octavo del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, quien fue debidamente emplazado.


DE LA ADMISIBILIDAD


El recurso referido fue ejercido con cualidad para ello, con fundamento en el artículo 447 numeral 5º del Código Orgánico Procesal Penal y dentro del término que establece el artículo 448 ejusdem, razón por la cual esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, declara ADMISIBLE el recurso intentado, y pasa a conocer el fondo del recurso planteado a tenor de lo establecido en el artículo 450 del texto adjetivo penal.




PRONUNCIAMIENTO

Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara ADMISIBLE el recurso intentado, y pasa a conocer el fondo del recurso planteado a tenor de lo establecido en el artículo 450 del texto adjetivo penal.

Regístrese y déjese copia.


EL JUEZ PRESIDENTE


DR. OSWALDO REYES CAMACHO



LA JUEZ

DRA. BELKYS ALIDA GARCÍA
(Ponente)

LA JUEZ


DRA. ELSA JANETH GÓMEZ MORENO



EL SECRETARIO


ABG. LUIS ANATO


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.


EL SECRETARIO


ABG. LUIS ANATO



Exp. N° 2008-2517
ORC/BAG/EJGM/LA/rch