REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCION DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
JUZGADO TERCERO DE EJECUCION

Caracas, 04 de Marzo de 2008
197º y 148º

ACTA DE AUDIENCIA DE REVISIÓN DE MEDIDA

LA JUEZ: DRA. ELIANA LAPREA
LA FISCAL: DRA. CARMEN DI MURO
LA DEFENSA: DR. LUÍS MIGUEL ISLANDA.
EL SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA
LA SECRETARIA: ABG. BLANCA PACHECO
EXP. No.: 404-06


En el día de hoy 04 de Marzo de 2008, siendo las once y treinta horas de la mañana (11:30 a.m.), oportunidad legal para celebrar Audiencia para la revisión de la Medida, al sancionado: IDENTIDAD OMITIDA. Seguidamente este Tribunal debidamente constituido por la Dra. ELIANA JOSEFINA LAPREA, JUEZ y la Secretaria Abg. BLANCA PACHECO, pasa a verificar la presencia de las partes, encontrándose presentes, la Fiscal 117° de Ejecución del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, DRA. CARMEN DI MURO, la SANCIONADA: IDENTIDAD OMITIDA, debidamente asistida por el Dr. LUÍS MIGUEL ISLANDA, Defensor Público 6°. A continuación se pasa a imponer a la adolescente del Precepto Constitucional contenido en el artículo 49 Ordinal 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual lo exime de reconocer culpabilidad en causa penal propia, o contra sus parientes dentro del cuarto grado de consaguinidad y segundo de afinidad y en caso de abstenerse a rendir declaración, a no ser perjudicado por su silencio, no obstante poder expresar todo lo que considere que en su beneficio; así como los Derechos y Garantías consagrados en la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente que obran en su favor, contenidos en los Artículos 541: Derecho a la información, el Derecho a ser oído, consagrado en el artículo 542, la garantía del Control educativo, previsto en el Artículo 543, el Derecho a la Defensa y el debido proceso, establecidos respectivamente en los Artículos 544 y 545, los cuales fueron explicados detalladamente por la ciudadana Juez de este Despacho DRA. ELIANA JOSEFINA LAPREA, y asimismo a continuación pasa a explicar los motivos de la presente audiencia: “Observamos que el joven fue sancionado en fecha 24 de Octubre de 2006, por el Juzgado Segundo (2°) de Control de esta misma Sección Adolescente, por la comisión del ilícito de: ROBO IMPROPIO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto en el artículo 456 del Código Penal, normativa vigente para el momento de la ocurrencia de los hechos, imponiéndosele el cumplimiento de la sanción de LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de Un(01) año, prevista en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, según sentencia que riela a los folios 96 al 101 de la primera pieza del expediente. Asimismo, en fecha 15/03/2007 se celebró en las instalaciones de este Despacho, al audiencia de Imposición de sanción al joven ORTA JEAN FREDDY LEONEL, y se estableció como fecha tentativa para el cumplimiento de la misma el día 15/03/2008. Cursa a los folios 183 al 188 el Plan de Acción elaborado inicialmente al joven sancionado, en el que se destacan las metas a corto, mediano y largo plazo que se trazaron en el área social, psicológica y educativa-laboral, asimismo, a los folios 212 al 214 de la primera pieza, 11 al 16, y 51 al 56, de la segunda pieza del expediente, cursan los respectivos Informes Evolutivos emanados de la Entidad de Libertad Asistida, destacándose: que en el área psicológica se establecieron como metas tener proyecto de vida y mejorar sus habilidades para el aprendizaje, en los primeros Informes Evolutivos refieren que no había sido posible la intervención psicológica de su Plan de Acción, ya que pese a que se compromete a asistir a esa consulta, el joven se retira sin pasar por la misma, asimismo, en el último Informe Evolutivo, refieren que se seguiría profundizando en el proyecto vital con el joven. En cuanto al área social: se presenta a la Entidad puntual y en condiciones higiénicas adecuadas, estableciendo un satisfactorio rapport con el entrevistador…Dentro de su grupo de partes se encuentra compañeros de estudios y amigos de la localidad que tienen intereses similares al de él. Del hecho en que se encuentra involucrado niega participación de igual forma refiere no consumir estupefacientes. Después de lo sucedido la madre informa haber intensificado la supervisión del joven… En el área Educativa-Laboral: Se mantiene activo en el área laboral, hoy en día se desempeña en calidad de contratado en la Alcaldía Mayor, según constancia que riela al folio 16 de la segunda pieza del expediente, sin embargo en el área educativa el joven reporta que no ha podido iniciarse en esta área debido a que su prioridad vital es estar activo para así ayudar a su progenitora a sufragar los gastos básicos del hogar. Sin embargo se le orienta en relación al cumplimiento de la medida por lo que el joven refiere “voy a comenzar a realizar gestiones pertinentes a fin de comenzar a estudiar…”. Asimismo, del Consecutivo de Citas correspondiente al joven se infiere el cumplimiento a cabalidad de las citas ante la Entidad, evidenciándose una sola falta en fecha 09/10/2007.”. SEGUIDAMENTE LA CIUDADANA JUEZ LE CEDE EL DERECHO DE PALABRA AL SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA, QUIEN EXPONE: “Yo estoy tratando de cumplir con mi medida, estoy trabajando en la Alcaldía Mayor desde el año pasado, la única vez que falté a la Entidad fue porque estaba comenzando en mi trabajo y llamé para decir que no me habían concedido el permiso. Es todo”. EN ESTE MOMENTO SE LE CONCEDE EL DERECHO DE PALABRA A LA REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO, QUIEN EXPONE: “Esta representación fiscal solicita se mantenga la medida en los términos en que fue impuesta, en virtud que la misma no le está siendo contraria a su proceso de desarrollo. Es todo”. SEGUIDAMENTE SE LE CONCEDIÓ EL DERECHO DE PALABRA A LA DEFENSA, QUIEN MANIFESTÓ: “Oída la exposición de mi defendida y visto que está próximo a arribarse la oportunidad para que pueda cesarse la medida en cumplimiento por parte del joven, esta defensa considera que la misma debe mantenerse en los términos en que fue impuesta. Es todo”.