REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiséis (26) de marzo de dos mil ocho (2008)
197º y 149º

ASUNTO: AP21-L-2007-003278

Visto el escrito de pruebas (folios 27-31 inclusive), presentado por la apoderada judicial del demandante, abogada Jennitt Moreno, este Tribunal a los fines de providenciar lo conducente, lo hace sobre la base de las siguientes consideraciones:

PRIMERO: En lo que se refiere al “punto previo”, a la “confesión por parte de la demandada” y al “principio de irrenunciabilidad de los derechos”, se aclara que los eventos aludidos en los dos primeros serán dilucidados en la sentencia de mérito y que el mencionado principio, sería aplicado en este juicio si el Juez lo considera prudente.-

SEGUNDO: En lo que las Instrumentales reseñadas en el escrito, se deja constancia que componen los folios 32-96 inclusive, las cuales se admiten salvo su apreciación en la sentencia de mérito.-

TERCERO: El Requerimiento de Informes peticionado es desechado en virtud que se pretende incorporar al proceso hechos que según la promovente constan en un expediente sustanciado ante un Tribunal de este Circuito Judicial y que pudo ser producido por la promovente en copias simples o certificadas.-

Por último, se hace saber a las partes que deberán comparecer a la audiencia de juicio tanto el demandante como los órganos directivos y gerenciales de la accionada que tengan conocimiento preciso sobre lo accionado, quienes se consideran juramentadas conforme al artículo 103 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, para contestar al Juez de Juicio las preguntas que éste tenga a bien formularles.

El Juez de Juicio,
CARLOS J. PINO A.
La Secretaria,
RAMAULYS ALVARADO

CJPA/afmq.-