REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticuatro (24) de marzo de dos mil ocho (2008)
197º y 149º
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2008-000806
PARTE ACTORA: LUIS MIGUEL ALFONZO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: GERARDO HENRIQUEZ MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy veinticuatro (24) de marzo de dos mil ocho (2008), siendo las 9:00 a. m. oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio; compareció el abogado en ejercicio GERARDO HENRIQUEZ inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 36.225, actuando en su condición de apoderado judicial de la empresa demandada BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A. representación que acredita mediante presentación de instrumento poder en original ad efectum vivendi y copia para su consignación. Se deja expresa constancia de que la parte actora ciudadano LUIS MIGUEL ALFONZO venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 5.856.938, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 197 °.
La Juez
Abg. Leticia Morales Velásquez
Apoderado Judicial de la Parte Demandada
El Secretario
Héctor Rodríguez
|