REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo (7°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diecisiete (17) de marzo de dos mil ocho (2008)
197º y 149º
ASUNTO: AP21-L-2007-003329
Visto el Escrito Transaccional, presentado en fecha 22 de febrero de 2007, por los ciudadanos EMILIA BASTIDAS, Abogada, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 110.293, en su carácter de apoderada judicial de la parte ACTORA , ciudadana DAIRI ROMERO, y el Abogada NADESCA MARQUEZ, Abogada, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 111.841, en su carácter el apoderado judicial de la parte DEMANDADA, plenamente identificadas en autos, con ocasión al juicio por PRESTACIONES SOCIALES, contra “PROMOTORA D-BURGER, C.A.” (HANGAR), mediante el cual solicitan la homologación del mismo y visto que se homologo dicha transacción por el monto de SIETE MIL VEINTIDOS BOLIVARES CON VEINTISIETE CENTIMOS (Bs.F 7.022,27), por concepto de prestaciones sociales, siendo lo correcto CATORCE MIL CUARENTA Y CUATRO BOLIVRES FUERTES, CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMOS (14.044,55) así como el pago de los honorarios profesionales de la Apodera Judicial por TRES MIL QUINIENTOS ONCE BOLIVARES FUERTES CON DOCE CENTIMOS (3.511,12), este Juzgado previa revisión de la Transacción celebrada y visto que no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, dándole efectos de Cosa Juzgada, en consecuencia deja sin efecto el auto de fecha 25 de febrero de 2008 dando por terminado el presente procedimiento y se ordena el cierre y archivo del expediente.-
El Juez
El Secretario
Abg. Diego Antonio Araujo Aguilar
Abg. Raybeth Parra