ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2008-000112
PARTE ACTORA: JOSE ANTONIO MARTIN ANGELUCCI.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO EN LA AUDIENCIA.-
PARTE DEMANDADA: PETROLEOS DE VENEZUELA S.A (PDVSA).
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ORLANDO RAFAEL SILVA ROJAS
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO.
Hoy, 04 de marzo de 2008 día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece a la misma el ciudadano abogado ORLANDO RAFAEL SILVA ROJAS, inscrito en el IPSA bajo el N° 75.992 en su carácter de apoderado de la demandada según se desprende de instrumento poder autenticado por ante la Notaria Pública Curta del Municipio Libertador, de fecha 22 de marzo de 2004, inserta bajo el N° 25, Tomo 17 de los Libros de Autenticaciones de dicha Notaria, el cual se presenta a los solos efectos vivendi. En este estado se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Se deja constancia de la devolución de las pruebas correspondientes a la parte demandada.
El Juez Titular
Abog. Aníbal F. Abreu Portillo
La Secretaria
Abog. Julisbeth Castillo.
El apoderado judicial de la parte demandada:
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