REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, tres (03) de marzo de dos mil ocho (2008)
197º y 149º
N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2008-000038
PARTE ACTORA: JENNIE MAROL FUENMAYOR MONROY
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO
PARTE DEMANDADA: FONDAFA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JESUS R. DELGADO S. y JOSE A. BASTARDO P.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
En el día hábil de hoy, tres (03) de marzo de dos mil ocho (2008), siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparecieron los ciudadanos JESUS R. DELGADO S. y JOSE A. BASTARDO P., inscritos en el IPSA bajo el N° 117.218 y 117.099, en su carácter de apoderados judiciales de la demandada; según se evidencia de sendos instrumentos poder que consignan en copias, los cuales fueron cotejados con el original agregándose al expediente. Se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 197 °.
El Juez,
Abg. Juan Ramón Echeverría
El Secretario,
Abg. Diraima Virguez
Los comparecientes,
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