REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, cuatro (04) de marzo de dos mil ocho (2008)
197º y 148º

ASUNTO: AP21-S-2008-000241

Visto escrito Transaccional de fecha 27 de febrero de 2008, presentada por la ciudadana ANA HERNÁNDEZ, cédula de identidad N°V-16.880.434, debidamente asistida por el abogado JULIO CÉSAR MANCHEÑO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°110.267, en su condición de parte Oferida y por la parte Oferente la sociedad mercantil INVERSIONES 3-R.S. C.A., debidamente representada por la abogada CARMEN GRACIELA FRANCISCO MATERÁN, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N°64.263; este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas en virtud de los expuesto, le imparte la HOMOLOGACION a dicha Transacción, cuyo monto fue por Bs.F.10.500,00. Asimismo, y como quiera que las partes solicitaron copia certificada, este Tribunal, conforme al numeral 3° del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, las acuerda e igualmente declara así terminado el presente proceso, y ordena su remisión al archivo judicial. Así se establece.-
La Juez

La Secretaria
Abg. Mariela de Jesús Morales Soto
Abg. Norialy Romero