REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, seis (06) de marzo de dos mil ocho (2008)
197º y 148º
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2007-003645
PARTE ACTORA: YOLIMAR DEL VALLE MENDEZ BASTARDO
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: YAZOLY PARRA, PEDRO SOJO y EDGAR ESCOBAR
PARTE DEMANDADA: DISEÑOS MARICCE, MARÍA AYALA y JAIME SERRANO
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: CARMEN VELANDIA y OTROS
MOTIVO: DEMANDA POR COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 06 de marzo de 2008 día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la comparecencia de la parte Demandada DISEÑOS MARICCE, MARÍA AYALA y JAIME SERRANO, a través de su apoderada judicial ciudadana CARMEN VELANDIA, abogada, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N°100.591, acreditación que consta en autos. Igualmente, se deja constancia de la incomparecencia de la parte Actora YOLIMAR DEL VALLE MENDEZ BASTARDO, cédula de identidad N°V-15.725.556, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. En este orden de consideraciones, y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Igualmente, se deja constancia que una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión, se ordenará el archivo del expediente. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 148 y 197.
La Jueza
Abog. Mariela de Jesús Morales Soto
La Secretaria
Abog. Noraily Romero
Apoderada Judicial de la Parte Demandada
Se deja constancia que en el día de hoy seis (06) de marzo de dos mil ocho (2008), se dictó, publicó y diarizó al presente decisión.
La Secretaria
Abog. Noraily Romero
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