REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
del Área Metropolitana de Caracas.
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nro. 9
Caracas, 27 de Marzo de 2.008
197º y 149º

ASUNTO: AP51-S-2008-003051

Por recibido, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Visto el escrito de fecha veintiséis (26) de febrero de 2.008, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por la ciudadana NINOSKA ESTEVEZ, en su carácter de Defensora del Niño y Adolescente, debidamente acreditada bajo el Nº 107, adscrita a la Defensoría Nro. 33; en el cual remite convenio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN celebrado por el ciudadano LUIS REYES VALDESPINO, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-15.208.576 y la Adolescente (...), venezolana, y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-(...), a favor del niño (...), de (...) meses de nacido, y quienes acordaron en el acta convenio, lo relativo a la Obligación de Manutención del niño antes mencionado.