REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL NRO. 9
Caracas, 27 de Marzo de 2.008
197º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-003698

Por recibido, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Visto el escrito de fecha diez (10) de Marzo de 2.008, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D) de este Circuito Judicial; por el ciudadano ELIOMAR ELIESSER ASTUDILLO VASQUEZ, en su carácter de Defensor del Niño y del Adolescente identificado bajo el Nº 064 y adscrito a la Defensoria “Beto Morales” Luz y Vida del Municipio Sucre del Estado Miranda; en el cual remite convenio de RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, celebrado por los ciudadanos SULENYI ADRIANA DAVID y WILMER MIGUEL CENTENO, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 17.803.582 y V- 16.225.848, respectivamente, en beneficio del niño (...), de (...) años de edad, y quienes acordaron en el acta convenio de fecha catorce (14) de Febrero de 2.008, lo relativo al Régimen de Convivencia Familiar a favor del prenombrado niño.