REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

Vista la diligencia de fecha 14 de mayo de 2008, suscrita por el abogado JAIME JESUS SABAL, inscrito en el I.P.S.A, bajo el número 73.898, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ALFONSO OLOMBRADA PALMER, en la cual solicita la suspensión de la Medida de Prohibición de Salida del País relativa al adolescente SSSSSS y al niño SSSSSSSSSSS, decretada por este Tribunal en fecha 03 de junio de 1998 y posteriormente ratificada el 25 de julio de 2000, participadas a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería, mediante oficios números 98-1063 y 2000-862, respectivamente, por cuanto la misma resulta innecesaria debido a que entre su representado y la ciudadana PATRICIA MORENO POLO, ha vuelto a prevalecer la cordialidad y el buen entendimiento.