REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR QUINTO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

JUZGADO SUPERIOR QUINTO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL, Caracas, tres (03) de marzo de dos mil ocho (2008).

197º y 149º

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 18 de febrero de 2008, por la abogada Lisset Puga Madrid, Inpreabogado Nº. 69.968, actuando como apoderada judicial del Instituto Autónomo de Seguridad Ciudadana y Transporte (INSETRA), este Tribunal pasa a resolver en los siguientes términos:

En lo atinente al expediente disciplinario promovido en el Capítulo I de su escrito, el mismo se admite en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, salvo su apreciación en definitiva.

Por lo que se refiere a las pruebas de informe promovidas en el Capítulo II del referido escrito de pruebas mediante las cuales solicita a este Tribunal requiera al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas (CICPC), el “estado de la investigación seguida por ante ese cuerpo con relación a la denuncia interpuesta por el ciudadano Luís Miguel Almeida en contra del ciudadano Orangel Delfín Robles, por el delito de robo de moto y lesiones”; sobre “el examen Nº 2658, realizado al ciudadano Luís Miguel Almeida, el día nueve (09) de marzo de 2007”, así como “sobre la investigación de amenaza de muerte en contra del ciudadano Luís Almeida“. Este Tribunal niega su admisión, por considerar que no existe pertinencia con relación a la legalidad del acto que debe conocer este Tribunal, y así se decide.

En lo ateniente a lo promovido en el Capítulo III de su escrito, relativo a la prueba de testigos de los ciudadanos Luís Miguel Almeida Duran, titular de la cédula de identidad Nº 21.377.091 y la Oficial II Belkis Becerra, Placa 72000, del Instituto Autónomo de Seguridad Ciudadana y Transporte (INSETRA), el Tribunal admite las mismas en cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la definitiva, en consecuencia se fija el tercer (3er) día de despacho siguiente a las dos de la tarde (2:00p.m.) para el examen del testigo Luís Miguel Almeida Duran, titular de la cédula de identidad Nº 21.377.091, y el mismo día a las dos y treinta de la tarde (2:30 p.m.) para el examen de la testigo Oficial II Belkis Becerra, Placa 72000, del Instituto Autónomo de Seguridad Ciudadana y Transporte (INSETRA), de conformidad con el artículo 483 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ,

TERESA GARCÍA DE CORNET

LA SECRETARIA,

CHERYL VIZCAYA CASTRO

Exp. N° 07-2102/Am.