REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
JUZGADO SUPERIOR SEXTO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÒN CAPITAL. Caracas, seis (06) de marzo de dos mil ocho (2008).
197º y 149º
Estando dentro del lapso de cinco (05) días de despacho para dictar el dispositivo del fallo, tal como lo establece el artículo 107 de la Ley de Estatuto de la Función Pública, este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR, la querella interpuesta por la ciudadana ISABEL TERESA GARCÍA, portadora de la cédula de identidad Nro. 6.377.673, asistida por el abogado FRANCISCO LEPORE GIRON, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 39.093, mediante la cual solicita la nulidad absoluta del acto administrativo Nro. 012, de fecha 12 de junio de 2007 y debidamente notificada a través del acto administrativo Nro. 1532, de fecha 17 de julio de 2007, suscrito por el Presidente del Banco de Desarrollo Económico y Social de Venezuela (BANDES).
EL JUEZ
JOSÉ GREGORIO SILVA BOCANEY
EL SECRETARIO.
CARLOS B. FERMÍN P.
EXP. 07-2037/OC.-