República Bolivariana de Venezuela
EN SU NOMBRE
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial
del Área Metropolitana de Caracas.



SOLICITANTE: Ali Alberto Cedeño Cáceres, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad N° V-3.139.270.


ABOGADA ASISTENTE: Carmen Teresa Rodríguez Sarmiento, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 42.433.


MOTIVO: Rectificación de Partida de Nacimiento



EXPEDIENTE: 08-0185-

Vista la anterior solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento presentada por el ciudadano Ali Alberto Cedeño Cáceres, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-3.139.270, asistido por la ciudadana Carmen Teresa Rodríguez Sarmiento, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 42.433, mediante la cual solicita la Rectificación de su Partida de Nacimiento, expedida por la Primera Autoridad de la Parroquia La Candelaria del Municipio Libertador del Distrito Capital, acta N° 922, alegando que en ella se colocó erradamente el apellido de su madre ciudadana Juanita Cáceres. Para sus efectos probatorios acompañaron a la solicitud, partida de nacimiento del solicitante, fotocopia de la cedula de identidad del solicitante, fotocopia de la cedula de identidad de la ciudadana Juana Cáceres, acta de matrimonio de sus padres y Datos filiatorios expedidos por la Dirección de Dactiloscopia y Archivo Central del Departamento de Datos Filiatorios (ONIDEX). Probado como ha sido lo alegado y visto el error cometido, que no amerita la tramitación de un juicio ordinario de Rectificación, se procede a tramitarlo meramente, en tal sentido este Juzgado Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena la RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO consignada y donde aparezca “Ceseres” debe leerse “Cáceres”, quedando así rectificada la Partida de Nacimiento consignada. En consecuencia, líbrese Oficio acompañado de Copias Certificadas del escrito de Solicitud y de la presente providencia, a la Primera Autoridad de la Parroquia La Candelaria del Municipio Libertador del Distrito Capital a los fines de dar cumplimiento con lo establecido en los artículos 773 y 774 ambos del Código de Procedimiento Civil.-

Regístrese, Publíquese y Déjese Copia.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la ciudad de Caracas, a los Siete (07) días del mes de Marzo de Dos Mil Ocho (2008).- AÑOS: 197° de la Independencia y 149º de la Federación.-
El Juez Titular,


Dr. Carlos Spartalian Duarte.

La Secretaria Acc,




Abg. Lisbeth Rodríguez González

En esta misma fecha siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) se registró y publicó la anterior providencia.-

La Secretaria Acc,




Abg. Lisbeth Rodríguez González




CSD/LRG/Jenny.-
Exp. N: 08-0185.-